La SCJN establece juzgar desapariciones de mujeres con enfoque de género
El pleno de la Suprema Corte determinó que aplicar perspectiva de género e interseccionalidad en estos casos es una obligación legal vinculante.

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que las autoridades judiciales en México tienen la obligación ineludible de juzgar los casos de desaparición de mujeres defensoras de derechos humanos bajo una perspectiva de género y un enfoque de interseccionalidad. Con esta determinación, el máximo tribunal del país establece que no se trata de una facultad opcional para los jueces, sino de un mandato constitucional necesario para garantizar el acceso a la justicia y la verdad en contextos de violencia sistemática.
La resolución subraya que el análisis de estos expedientes debe considerar las condiciones específicas de vulnerabilidad que enfrentan las mujeres por su labor de defensa, así como los riesgos particulares derivados de su identidad y contexto social. De acuerdo con el criterio del tribunal, omitir este enfoque invalida los procesos judiciales al invisibilizar las causas estructurales que motivan agresiones contra quienes alzan la voz en sus comunidades.
Esta decisión busca transformar los estándares de investigación en las fiscalías estatales y federales, obligando a que las indagatorias no sigan protocolos genéricos. La SCJN enfatizó que el sistema de justicia debe reconocer la relación directa entre la labor de defensa de derechos humanos y la perpetración de desapariciones, evitando que los casos sean tratados como hechos aislados o ajenos al activismo de las víctimas.
Especialistas en derecho constitucional señalan que este precedente obliga a las instancias jurisdiccionales a cuestionar sesgos de género durante todo el proceso penal. Asimismo, el criterio refuerza la necesidad de que los juzgadores incorporen elementos de contexto regional y social, asegurando que la perspectiva de género actúe como una herramienta metodológica para desarticular la impunidad en casos de alto impacto.
Finalmente, esta sentencia de la SCJN marca un punto de inflexión para las familias de víctimas y organizaciones de la sociedad civil que han demandado una justicia diferenciada. A partir de ahora, cualquier resolución judicial que ignore estos estándares de derechos humanos podría ser objeto de revisión, garantizando que el Estado mexicano cumpla con sus compromisos internacionales en materia de protección a las mujeres y personas defensoras.


